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Prisioneros palestinos en tiempos del COVID-19

Introducción

El sufrimiento habitual de los prisioneros palestinos en manos de Israel se ha visto empeorado, como el del pueblo palestino en general, por la llegada a Palestina de la enfermedad mundialmente conocida como COVID-19 (contracción en inglés de corona, virus y enfermedad), causada por el no menos famoso Coronavirus.

A continuación se realiza un recorrido por los efectos que causa la pandemia entre los palestinos encarcelados, debidos a la gestión de aquélla por parte del gobierno de Israel.

En primer lugar esto consiste en presentar el contexto de los palestinos en prisión, aunque previamente se presentará el de la población palestina en general, una buena parte de la cual también ha sido detenida y encarcelada por parte de la ocupación militar israelí desde 1967, para describir en segundo lugar la situación actual de los prisioneros y finalmente dar a conocer la respuesta palestina y de diversas organizaciones en defensa de éstos.

 

El contexto general

Israel lleva décadas imponiendo en los Territorios Ocupados políticas diseñadas específicamente contra el desarrollo de éstos en todos los ámbitos: político, desde luego, pero también económico, sin el que no hay qué gestionar, pero también social, cultural y educativo, para minar la sociedad entera, lo que comprende la mayoría de personas que no intervienen directamente en la gestión política –muy restringida en cualquier caso- del pueblo palestino.

De estas políticas constantes trató Sara M. Roy, investigadora de la Universidad de Harvard, en su libro publicado en Beirut en 1995 por el Institute of Palestine Studies,  titulado La Franja de Gaza: la economía política del des-desarrollo (The Gaza Strip: the  political economy of de-development).

Lo que ocurre en la actualidad no es por tanto un problema provocado por la enfermedad, ya que Roy demostró en su estudio que esas políticas están diseñadas para que Israel se asegure de que los palestinos no puedan dotarse de una base económica para su desarrollo nacional.

Es claro que lo ha conseguido, lo que junto con el resto de medidas impuestas mediante innumerables órdenes militares, represión permanente y guerras recurrentes que impactan con tremenda fuerza también en los demás ámbitos citados arriba, en realidad apunta al objetivo final del Sionismo: que los palestinos abandonen su tierra en favor de los judíos de Israel y de todo el mundo.

Diez años después de esa publicación, la Franja de Gaza se convirtió en un experimento político-social a manos del país ocupante cuyo gobierno y pueblo conmemoran año tras año el Holocausto ante los ojos llorosos del mundo entero.

Ese experimento lo definimos algunos en su día como un “genocidio a cámara lenta”. Entre ellos, por supuesto, judíos anti-sionistas como el historiador israelí Ilan Pappé (The Electronic Intifada, 2 de septiembre de 2006, 13 de julio de 2014, etc.), pero también expertos en derecho internacional como el profesor estadounidense Francis A. Boyle, quien recomendó al gobierno palestino en 1998 denunciar a Israel ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya por violar la Convención sobre el Genocidio. (Genocidio a cámara lenta en la Palestina ocupada, Stephen Lendman en The Palestine Chronicle, traducido por María Valdés para el CEPRID, 30 de diciembre de 2008, www.nodo50.org/ceprid/spip/php?article358)

Los propios sionistas lo explicaban con cinismo superlativo, de nuevo ante los ojos del mundo entero sin que nadie pestañease. Entre otros, el asesor del entonces primer ministro Ehud Olmert, el sionista sin complejos  Dov Weisglass: “La idea es poner a los palestinos a dieta, no hacer que mueran de hambre” (BBC News: ‘Israel forced to release study on Gaza blockade’, 17 de octubre de 2012).

La ONU, por supuesto, dijo que eso iba contra los principios humanitarios, pero nada de sanciones, menos aún de bloqueos y nada de intervenciones para salvar a los palestinos, de los que más del cincuenta por ciento son menores de 18 años en la Franja de Gaza.

En 2007 empezó el bloqueo por parte de Israel y con la colaboración de Egipto, que dura desde entonces por tierra, mar y aire. Esta acción es ilegal, como todo lo que hace Israel contra Palestina. Apunta al mismo objetivo dicho anteriormente. Se trata, como en la lógica de la dieta, de incrementar el castigo a la población de forma que para escapar de éste decida abandonar su tierra.

Desde hace años se ha popularizado referirse a la Franja de Gaza como la mayor cárcel al aire libre del mundo. El sufrimiento de sus habitantes es a la vez físico y psicológico y alcanza a sus dos millones de habitantes.

El Banco Mundial estimó en 2015 que las pérdidas del producto interior bruto desde el comienzo del bloqueo superaban el cincuenta por ciento. Tampoco entonces la ‘comunidad internacional’ hizo que Israel cumpliese con sus obligaciones como potencia ocupante y miembro de la ONU. Desde luego resulta incalculable el dolor humano causado por el impacto de la pérdida del bienestar de la población.

Cinco años después de iniciado el bloqueo, en agosto de 2012, la ONU publicó un informe sobre la situación en Gaza, cuyo coordinador humanitario, Maxwell Gaylard, define como “un lugar no habitable a partir de 2020”. Los siguientes indicadores son ilustrativos de la situación de emergencia: setenta por ciento de desempleo juvenil, un sistema de salud colapsado, la economía en mínimos, carencias de infraestructura, por falta de repuestos y mantenimiento, en particular la electricidad tras el bombardeo de la planta de Gaza, alta contaminación ambiental, tóxicos en tierra y mar y un largo etcétera. (Gaza: 2020, ¿Un lugar habitable, http://branded.eldiario.es/Gaza2020/)

Aunque Israel está obligado a tratar a la población palestina de acuerdo con las normas emanadas de la ley internacional, hace justamente lo contrario. La ley internacional relevante en este caso es la Convención relativa a las leyes y costumbres de la guerra terrestre (La Haya, 18 de octubre de 1907), que se ocupa de los prisioneros de guerra, de los sitios y los bombardeos, de la autoridad militar sobre el territorio del Estado enemigo, etc. (Comité Internacional de la Cruz Roja, www.icrc.org/)

También lo es el IV Convenio de Ginebra relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra, cuya sección tercera se dedica a los Territorios Ocupados. Consta de 31 artículos, entre ellos los que se ocupan del abastecimiento de la población, la sanidad pública, los niños, los castigos, las diligencias penales, el trato debido a los detenidos, etc. (Comité Internacional de la Cruz Roja, www.icrc.org/)

Además hay que hacer notar que la ocupación militar se concibe como una situación temporal, que obliga al ocupante a mantener el bienestar de la población ocupada y a no realizar cambios en el ámbito territorial, económico, de la justicia y social.

En concreto hay que preservar en suficiente cantidad y calidad la sanidad y la salud públicas, la provisión de comida y de asistencia médica; no transferir personas de la zona ocupada al exterior, ni de colonos al interior; no imponer castigos colectivos ni medidas de intimidación; no tomar rehenes, ni represalias contra personas y bienes; no confiscar ni destruir propiedades; respetar los tratados de derechos humanos.

 

Los prisioneros palestinos

Hay que tener en cuenta que desde el comienzo de la ocupación israelí en 1967, más de 800.000 palestinos han sido detenidos por las fuerzas ocupantes. Esto significa un veinte por ciento de la población y también un cuarenta por ciento de los habitantes varones de los Territorios Ocupados.

La organización Addameer (la conciencia en castellano) establecida en Jerusalén en 1992, trabaja en apoyo a los presos y en pro de los Derechos Humanos: www.addameer.org

Según su última publicación estadística, en marzo de 2020 hay algo menos de 5.000 presos, 432 detenidos por el sistema de ‘detención administrativa’, tres miembros del Consejo Legislativo Palestino, 183 niños, 20 de éstos menores de 16 años y 43 mujeres. Prisioneros con condenas a cadena perpetua hay 541 (algo más del 10%) y los que cumplen condenas de 20 años o más son 497.

El sistema judicial militar de Israel se ocupa de las “violaciones de la seguridad” cometidas por los palestinos que detienen las Fuerzas de Defensa de Israel, es decir, el ejército de ocupación.

Para resumir sus amplias actuaciones, se puede señalar que la legislación que aplica se sitúa por encima de la ley internacional y por supuesto no es la misma para los colonos judíos. Por otro lado los palestinos son defendidos por abogados palestinos.

Con unos ejemplos se puede apreciar el alcance de esas actuaciones:

  1. a) Los palestinos pueden estar detenidos sin cargos durante 90 días, los judíos durante 64.
  2. b) De media los juicios duran 18 meses y 9 meses respectivamente.
  3. c) Desde luego que las condenas para los primeros son mucho más largas.
  4. d) La responsabilidad penal de los menores (para ambos grupos) empieza desde los 12 años, pero los palestinos son considerados adultos desde los 16 y los judíos desde los 18.
  5. e) Una condena habitual a un menor palestino es de 20 años de cárcel por tirar piedras contra las fuerzas de ocupación.
  6. f) El idioma usado en los juicios es el hebreo.

Una disposición estrella del sistema judicial militar es la detención administrativa. Es el procedimiento que se emplea para mantener por tiempo indefinido a los prisioneros palestinos con base en información secreta, sin cargos y sin llevarlos a juicio durante meses e incluso años. Afecta también a menores de edad.

Un caso notorio entre otros muchos es el de Taisir Al Arouri, profesor de matemáticas en la Universidad de Bir Zeit, que fue detenido el 21 de abril de 1974 y liberado el 18 de enero de 1978; esto debido a la presión de organizaciones internacionales además de la palestina.

Con esta disposición Israel ha detenido entre 600 y 1000 palestinos por año en la década del 2000 al 2009. Más recientemente Khalida Jarrar, miembro del Frente Popular para la Liberación de Palestina y del Consejo Legislativo Palestino, detenida en varias ocasiones, recientemente lo ha vuelto a ser en 2017 y de nuevo lo está desde octubre de 2019.

El récord de detenidos administrativos tuvo lugar en la Segunda Intifada con la cifra citada de 1000 palestinos.

A propósito de la Segunda Intifada, se puede traer a colación aquí al líder del Tanzim (grupo armado de Al Fatah) y de las intifadas, Marwan Barghouti, que no es un preso administrativo pero que cumple una condena de cinco cadenas perpetuas, porque en 2014 hizo un llamamiento a la Autoridad Palestina para poner fin a su cooperación con Israel y que en su lugar iniciase una tercera.

Seis años después Mahmud Abás acaba de declarar el 19 de mayo de 2020 el fin de todos los acuerdos con Israel. La respuesta de Israel ante la resistencia de unos y ante la cooperación de otros es una lección impagable para los movimientos de liberación nacional, sin olvidar el apoyo popular tan dispar desde antiguo a uno y otro líder.

El líder supremo iraní Ali Jamenei no pudo dejar de notarlo el día 22 en su cuenta de twitter: “La Autoridad Palestina tiene una gran responsabilidad. Uno no puede comunicarse con un enemigo salvaje excepto mediante la fuerza. El valiente pueblo palestino está determinado a vencer”.

La organización israelí, B’Tselem, el Centro de Información Israelí para los Derechos Humanos en los Territorios Ocupados (www.btselem.org), define la detención administrativa como un procedimiento ilegal que se usa para castigar a los palestinos por sus opiniones políticas y por acciones no violentas.

El papel de los jueces en los casos de los detenidos administrativos es renovar ‘de oficio’ las solicitudes de prórroga de su situación por parte de los fiscales gracias al comodín de la ‘seguridad nacional’. Como las pruebas se consideran secretas, no se dan a conocer a los detenidos ni a sus abogados de forma que no pueden preparar la defensa.

En cuanto a los prisioneros procedentes de Gaza, definida por Israel en 2007 como entidad enemiga, se les aplica la Ley de Internamiento de Combatientes Ilegales. En la guerra de 2014 el ejército agresor detuvo a civiles y les torturó para obtener información sobre la resistencia. También cabe recordar el empleo de civiles, niños incluidos, como escudos humanos.

Las sentencias son condenatorias entre un noventa y un noventa y cinco por ciento de los casos. Esto no es en modo alguno una prueba del buen funcionamiento de la justicia militar, ya que ese porcentaje se debe a que ésta está viciada en sus objetivos y métodos:

Siempre el fin último es la apropiación de la tierra palestina con la exclusión de sus habitantes originales; los métodos represión, evidencia secreta, coerción para la obtención de confesiones (malos tratos, amenazas y torturas), detención incomunicada prolongada, dificultades para el trabajo de los abogados.

Los prisioneros han reaccionado en diversas ocasiones a este tratamiento. El 17 de abril de 2017, coincidiendo con el Día de los Prisioneros Palestinos establecido en 1974, 1600 de éstos iniciaron una huelga de hambre por sus derechos elementales: la extinción de la detención administrativa, un juicio justo, la comunicación con sus familias y las visitas de éstas, etc.

También el que nos concierne para este tiempo de pandemia: la asistencia médica.

El Servicio de Prisiones de Israel tiene una política de denegación de la asistencia médica a los prisioneros. Entre los años 2000 y 2008 hubo 17 fallecimientos por falta de esa asistencia y el mal estado de las instalaciones penitenciarias, de su mantenimiento, de las condiciones estándar internacionalmente aceptadas y de higiene, entre otras carencias.

El artículo 76 de la IV Convención de Ginebra se refiere a la misma alimentación y condiciones de higiene del que disfrutan los ciudadanos del país ocupante.

El artículo 91 y 92 se refiere en los mismos términos a la atención médica.

Sin embargo no es así en las prisiones para palestinos en Israel, ni en el cuidado de su salud por parte los médicos israelíes que tienen en sus actuaciones profesionales un amplísimo margen entre el Juramento de Hipócrates y el fin último de la política de Israel citado anteriormente.

Éstas se manifiestan de diferentes maneras a lo largo del tiempo: presión psicológica, ausencia de dietas adaptadas a casos especiales, impedimento al acceso a la consulta de médicos voluntarios, tratamiento degradante, abusos y tortura, falta de calefacción en invierno, confinamiento en celda prolongado, etc.

Otro prisionero destacado, Ahmed Saadat, secretario general del Frente Popular para la Liberación de Palestina, secuestrado en 2006 de su celda en la cárcel de Jericó y condenado a 30 años de prisión, ha estado en aislamiento en la prisión de Askalan en marzo de 2009, en junio nueve días en huelga de hambre, en agosto nuevo aislamiento en la prisión de Ramon (Naqab) y así una y otra vez hasta 2012. Las consecuencias para su salud son inevitables y desde luego muy perjudiciales.

Las mujeres prisioneras no se quedan al margen de los castigos añadidos a la misma condena. En los traslados desde la prisión a juicio, otra prisión, etc., van esposadas, sin agua ni comida y sin posibilidad de ir al baño. Esto se ha dado incluso en mujeres embarazadas que han sufrido igualmente aislamiento, esposas, torturas, obviamente con efectos negativos físicos y psicológicos.

 

La COVID-19 y los prisioneros

A principios de marzo de 2020 Israel prohibió las visitas de abogados y familias a los presos y paralizó todos los procedimientos judiciales.

Desde el once de marzo se sabe que Israel envió un médico contagiado por el Coronavirus a una prisión. Respecto a esto Hispan TV informó el día 12 que Israel lo envió a Askalan para contagiar a los internos.

El día 19 Abu Obeida, portavoz de las Brigadas Kassam, anunció a Israel que “la salud de los prisioneros son una línea roja” para éstas.

El día 25 la Liga Árabe exigió a Israel liberar los prisioneros palestinos por la COVID-19. Presumiblemente el objetivo de su secretario general, Said Abu Ali, era presionar a las organizaciones internacionales.

Por su parte el primer ministro palestino, Mohamad Shtayyeh, recurrió al Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), que es el órgano fundador de la Cruz Roja, “organización independiente, privada y neutral, con sede en Ginebra (…) para proteger y socorrer a las víctimas de conflictos armados”. Entre sus actividades está la protección a los prisioneros de guerra. Es la única organización autorizada a entrar en las prisiones, aunque con condiciones muy estrictas: los informes redactados tras las visitas son confidenciales y no se remiten más que a las autoridades detentoras.

El seis de abril Addameer lanzó una ‘acción urgente’ con el lema: liberar a nuestros presos”.

El día siete Addameer publicó una declaración conjunta con otras organizaciones: “el sistema de apartheid israelí viola el derecho de los presos a la salud en tiempos de la COVID-19. Además invita a grabar un video y a contactar con el CICR. Las instrucciones para participar están en la web de Addammer.

Defence for Children International (rama de Palestina), organización internacional no gubernamental establecida en 1979, anuncia su campaña en favor de los menores presos www.defenceforchildren.org

El día 15 cuatro prisioneros son declarados positivos y hay otro ya liberado. Se hace notar que el Servicio de Prisiones no distribuye entre los prisioneros 140 productos relacionados con la higiene y la limpieza. Cabe recordar que desde 1967 se han producido 222 fallecimientos, de los que al menos 65 se relacionan con la falta de asistencia médica.

El día 19 la Oficina de Información de los Prisioneros Palestinos anuncia que los cuatro están contagiados.

El día 20 Rumbo a Gaza informa del aumento de menores detenidos y en prisión, un seis por ciento entre enero y marzo. También recuerda que el sesenta por ciento de los menores en prisión son preventivos.

El día 23 The Electronic Intifada (TEI) publicó el artículo titulado “Israel sigue llevando a niños palestinos a prisión durante la pandemia”. Su situación es de detención previa al juicio. (www.electronicintifada.net).

El primero de mayo, la emisora pública israelí Kol Yisrael (la voz de Israel) informa de que Israel y HAMAS mantienen conversaciones sobre el intercambio de prisioneros. Por parte de Israel son cuatro: dos de la guerra de 2014 y otros dos que entraron en Gaza por su cuenta. Egipto también participa y como gesto de buena voluntad ha liberado por su parte a cuatro.

El día once la ONU insta a Israel a liberar a los presos menores por la COVID-19. Los motivos alegados por su Coordinador Humanitario para los Territorios Ocupados, Jamie Mc Goldrick, y el jefe de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, James Heenan, además de una representación especial de la Unicef para Palestina, alegan “un mayor riesgo de contagio por la dificultad para mantener la distancia física en la prisión y el parón judicial” mencionado más arriba.

Una congresista estadounidense, Betty Mc Collum, que apoya las gestiones de la Unicef para la liberación de los niños, presentó una propuesta de ley para que su país retire la financiación a las unidades militares que maltraten a niños palestinos. Hay 23 personas que apoyan a Betty mientras que “la popularidad de Trump alcanza su máximo en plena crisis del Coronavirus” (El País, 25 de marzo de 2020).

El día 12 TEI publicó el artículo titulado “ONU dice que Israel tiene que liberar a los niños palestinos”. (www.electronicintifada.net).

Al margen esto TEI publicó el día 15 otro artículo sobre la situación de Cisjordania respecto de la COVID-19. La conclusión de lo que ocurre: “los palestinos de las áreas B y C están abandonados a su suerte (…) el gobierno palestino no puede ayudarnos oficialmente, pero cuando tratamos de salir adelante por nuestra cuenta, la ocupación israelí nos lo impide, no tenemos ninguna opción.”

El día 18 The Palestinian Information Center (PIC) publicó en su página web una infografía con las “estadísticas de menores  palestinos en prisiones israelíes” (http://english.palinfo.com/news/2020/4/18/Statistics-on-Palestinian-minors-in-Israeli-jails)

El día 23 el PIC publicó en su página web la noticia de “la primera muerte por el Coronavirus en Gaza”. Se trata de una mujer de 77 años, según informó el ministerio de salud el pasado sábado. (http://english.palinfo.com)

El PIC informó en días anteriores tres decenas de nuevos contagios en la Franja, lo que lleva a un total de 49 los casos.

Por otro lado, Raji Sourani, director del Centro Palestino para los Derechos Humanos, publicó el día 21 una entrevista suya sobre el impacto de la COVID-19 en los derechos humanos en la Franja de Gaza (www.pchrgaza.org)

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